Descripción y condiciones

¿POR QUÉ ESPAÑA?

España es un país acogedor, estable, donde se desarrolla un estilo de vida seguro y tranquilo. Contamos con una excelente ubicación geográfica tanto por ser la puerta de Europa, como por nuestra climatología y gastronomía.  Ello hace de España uno de los países que recibe más cantidad de turistas del mundo.

Pero no sólo turistas, miles de personas de nuestro entorno Europeo, (alemanes, daneses, suecos, británicos, entre otros) cuentan con una vivienda en propiedad en España, pasando en ella sus periodos vacacionales y convirtíendose en su residencia definitva tras la jubilación. Puesto que además de contar con un clima muy agradable sobre todo en la costa mediterránea, contamos con una de las mejores sanidad pública del mundo.

Si además  pensamos en latinoamérica, España cuenta con otra ventaja fundamental que es el idioma. Esto no es una cuestión menor, puesto que sabemos que la barrera del idioma es uno de los mayores inconvenientes cuando uno piensa en residir en un país distinto al de origen.

Un lugar para invertir.

España no sólo es un excelente lugar para vivir, sino también para INVERTIR.

Prueba de ello, lo tenemos en conocidos grupos empresariales que han realizado recientemente grandes inversiones:  por nombrar alguno del entorno iberoamericano, podemos destacar.

  • Grupo Financiero Banesco y Grupo Sambil (Venezuela)
  • Carlos Slim, Pemex, Grupo Bimbo (México)
  • Grupo Santo Domingo (Colombia)

 

 

España también  ofrece la posibilidad de obtener un permiso de residencia legal para vivir y estudiar, con solo demostrar recursos económicos suficientes, sin necesidad de tener un empleo, o un familiar de descendencia española o de invertir en España. Es lo que se denomina como RESIDENCIA  NO  LUCRATIVA. Para ello sólo es necesario acreditar:

  • Acreditación de recursos económicos por un importe equivalente al 400% del IPREM (25.560,52 euros/año) en caso del solicitante.
  • En caso de solicitud conjunta con familiares el importe debe ser equivalente al 100% del IPREM (6.390,13 euros/año) por familiar.
  • Deberá especificarse la procedencia de dichos ingresos y acreditar los movimientos bancarios realizados en el último año.
  • Acreditación de vivienda en España: contrato de arrendamiento, escritura pública de propiedad, o acta notarial de la persona con la que va a residir en España.
  • Póliza de seguro médico que cubra la asistencia médica en España durante al menos tres meses contados desde su llegada.
  • Visados de residencia no lucrativa: una media de tres meses desde la presentación de la solicitud con todos los documentos requeridos.

Si además, el extranjero es ciudadano de un país iberoamericano, podrá solicitar la ciudadanía española en un corto período de tiempo (dos años) y convertirse en ciudadano de un país miembro de la Unión Europea.

Esta opción es sin duda la mejor, para aquellas personas que quieran vivir en España una vez jubiladas, o que quieran establecer aquí sus negocios, invertir en bienes raíces o estudiar.

 

 
SENTIDO COMÚN ABOGADOS Y MEDIADORES

            Somos una firma de abogados, expertos en diversas áreas: Extranjería, Derecho Inmobiliario, y Empresas, entre otras. Con suficiente solvencia y capacidad para asesorarle en las diversas etapas del proceso, a fin de garantizarle el éxito del trámite de obtener su residencia española, así como la compra de cualquier inmueble con un 100% de garantías en su adquisición.

 

            Organizaremos toda la documentación que tendrá que presentar ante el Consulado de España en su país de residencia, a fin de que la misma cuente con todas las condiciones y formalidades requeridas.

 

            Una vez que obtenga el visado, uno de nuestros abogados, le acompañará en los trámites que Ud. debe realizar personalmente ante las autoridades españolas.

 

            En el proceso de compra de vivienda, para el cual no necesita Ud. tener la residencia española, le asisteremos en la misma desde que Ud. decida el inmueble que desea adquirir. Nuestra asistencia consistirá en:

 

Verificación de la identidad del vendedor.

-Verificación de no existencia de cargas en el Registro de la Propiedad.

 

-Estudio de estimación del valor de la vivienda.

 

-Certificado de calidad de la vivienda(tipología, distribución, calidad de materiales constructivos, instalaciones, y ejecución. Eficiencia energética) Estado de conservación. Entorno (transportes,

servicios y factores negativos) Realizado por titulados homologados.

 

-Renegociación del precio a la vista del certificado, si fuera necesario.

 

-Estudio de la Comunidad de Propietarios (morosidad, gastos comunes, derramas, siniestros etc. ) y de sus Estatutos.

 

-Certificado de que el propietario se encuentra al corriente de pagos de la Comunidad de Propietarios.

 

-Redacción del contrato de arras.

 

-Elaboración del contrato de compra-venta.

 

-Elección de Notario por parte del comprador para la firma.

 

-Uno de nuestros abogados te acompañará a la firma ante Notarios.

 

-Tramitación de impuestos.

 

-Inscripción en el Registro de la Propiedad.


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