GASTOS ORDINARIOS Vs. GASTOS EXTRAORDINARIOS
Conforme al artículo 3. F) de la Ley 5/2011, de 1 de abril, de la Generalitat Valenciana, de Relaciones Familiares de los hijos e hijas cuyos progenitores no conviven, deben considerarse gastos ordinarios y por tanto integrados dentro de la pensión mensual que el progenitor no custodio abona al progenitor custodio, aquellos que los hijos […]